Asesoria

Que son y para que sirven los Mandatos, Poderes y Cartas Poder?

Un Mandato ó Un Poder es un documento legal, redactado de forma correcta que sirve para que usted que vive en Los Estados Unidos pueda ser representado en forma legal por otra persona que usted mismo nombra, para llevar a cabo cualquier asunto o tramite legal a resolver en su país. O sea que usted sin viajar a Guatemala o a su país de origen, puede desde aquí nombrar a otra persona para que lo represente. Hay mandatos y poderes para vender, comprar, hipotecar, propiedades, vehículos, para retirar dinero de cuentas bancarias, para divorciarse y contraer matrimonio, para reclamar herencias, etc, para cada caso existe un mandato o un poder. Por otro lado debemos explicar Que es Una Carta Poder: es un documento sencillo que existe en las leyes de México y sirve para que una persona represente a otra en esa nación en asuntos mínimos que no pasan del valor del salario mínimo de México. En Los Estados Unidos ya por costumbre se utiliza el Nombre de Carta Poder principalmente en los estados vecinos a la República Mexicana, entonces aquí la gente utiliza ese nombre para solicitar lo que correctamente se llama Mandato o simplemente Un Poder. En la actualidad la tecnología también la aprovechan algunas personas que sin ninguna preparación jurídica buscan en algunas páginas de Internet algunos machotes de CARTAS PODER mal redactadas y que NADA QUE VER CON LAS LEYES DE GUATEMALA, con esos machotes solo llenan los espacios en blanco, buscan quien notaríce la firma del interesado, cobran y según ellos ya está listo el trabajo, pero se da el caso A DIARIO que nuestros pobres paisanos gastan su dinero en los pases legales, vueltas en secretarias de condados, secretarias de estado y consulados buscando sellos dorados y cuando ¨EL DOCUMENTO LEGAL ¨ llega a Guatemala se lo rechazan por los motivos antes expuestos!

DESEA PROTEGER A SU FAMILIA PARA DESPUES DE SU FALLECIMIENTO?.

Desde los Estados Unidos, podemos redactar y autorizar su testamento legal e inscribirlo en Guatemala. muchos han perdido sus propiedades al haber sido engañados por personas inescrupulosas que piensan tener jurisdicción en Guatemala y creen que con cualquier papel mal redactado y sin ninguna legalidad jurídica le han resuelto sus problemas. usted muere y a su familia no le sirvió de nada el papel! No se deje sorprender! Lo correcto es que para ese tipo de trámite busque a un abogado y notario graduado en Guatemala. Por el contrario si usted tiene sus propiedades en Los Estados Unidos, entonces si puede buscar a una abogado que se dedique a derecho civil de Los Estados Unidos para que le elabore su documento para este país.

LO DIVORCIARON AQUI EN LOS U. S. A. Y SIGUE CASADO EN GUATEMALA?.

Cuando usted contrajo matrimonio civil en Guatemala inscribieron su matrimonio en los libros de nacimientos, de cédulas de vecindad y de matrimonios de su municipio y departamento en Guatemala. Para que en esos libros exista la anotación de que hubo un divorcio tiene que ser por sentencia de Juez de Guatemala, por lo tanto lo correcto es divorciarse en Guatemala y para hacerlo sin que usted tenga que viajar desde Los Estados Unidos a Guatemala nosostros le podemos ayudar a realizarlo!

RECONOCIMIENTO DE HIJOS DESDE EL EXTERIOR DE GUATEMALA

Usted puede reconocer a su hijo o hija que nació en Guatemala. Hay miles de guatemaltecos que se vinieron a este país y dejaron a sus mujeres emrazadasas sin casarse. Los niños nacieron en Guatemala y los inscribieron sin el reconocmiento del papá. También desde Los Estados Unidos usted puede reconocer a un hijo mayor de edad que viva aquí o en Guatemala, por favor consultenos.

LA PROTOCOLIZACION DE DOCUMENTOS DESDE LOS ESTADOS UNIDOS

La protocolización de Documentos es el acto que lleva a cabo dentro de su país el Notario y se trata deinsertar un documento dentro de su protocolo. En Guatemala, El protocolo se conoce como el tomo empastado de los instrumentos autorizados durante un período de tiempo (un año natural, según la ley); también el papel protocolo que se vende exclusivamente a los notarios, para faccionar escrituras; y al conjunto de escrituras que se llevan faccionadas en el año que transcurre; y al estudiar nuestra legislación, nos encontramos que también hace referencia, al conjunto de tomos de protocolos de varios años.

LAS PASES DE LEY DE DOCUMENTOS EXTRANJEROS

Los pases legales son una serie de trámites por los que tiene que pasar un documento que va de un país a otro. En cada país del mundo las leyes tiene sus diferencias y por tal motivo no es lo mismo la aplicación de una ley dentro del país a que pertenece a que se quiera a aplicar en otro país que talvez ni existe la misma. En fin pues Los Pases legales son: Cuando un documento proviene del extranjero, habiendo sido autorizado por un notario o por una autoridad extranjera, y necesite hacerse valer en Guatemala, debe sufrir los pases legales. Estos son los actos que van concatenados, cuyo objeto es cumplir con las distintas legalizaciones de firmas de los funcionarios por las que haya pasado el documento. Debe también traducirse al español, si todo o parte de él viene en otro idioma; la traducción debe hacerse por un traductor jurado. Para que sean admisibles los documentos provenientes del extranjero que deban sufrir efectos en el país, deben ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Si los documentos están redactados en idioma extranjero deben ser vertidos al español bajo juramento por traductor autorizado en la Republica; de o haberlo para determinado idioma, serán traducidos bajo juramento por dos personas que hablen y escriban ambos idiomas, con legalización notarial de sus firmas (articulo 37 Ley del Organismo Judicial. Posteriormente debe procederse a la protocolización por un Notario, cuando se trate de documentos que deban inscribirse en los registros, compra ventas, mandatos, poderes, etc. Además de los requisitos indicados en el artículo anterior, los poderes, así como los documentos que proceda inscribir en los Registros Públicos, deberán ser protocolizados ante notario y las autoridades actuaran con base en los respectivos testimonios, los cuales serán extendidos en papel sellado del menor valor, dando fe el notario de que el impuesto respectivo ha sido pagado en el documento original. (Primer párrafo, articulo 38 del la Ley del Organismo Judicial. Por no existir papel sellado, actualmente se extienden en papel bond, véase la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos).

CAMBIO DE NOMBRE DE PERSONAS EN LOS ESTADOS UNIDOS QUE NACIERON EN GUATEMALA

El cambio de nombre es un trámite legal internacionalmente, puede cambiar desde una letra hasta todos los nombres y apellidos. Usted que nació en Guatemala puede cambiarse el nombre desde Los U. S. A. sin tener que ir personalmente a su país. Nosotros podemos ayudarle.